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Temas sobre principios y fundamentos del proceso laboral y sobre la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley 29497.

Juez colombiano expone sobre la oralidad en la AMAG

Exposición del Dr. Giovanni Rodriguez, en la AMAG, 17/09/2011:

En el marco del curso de «Formación de formadores en la Nueva Ley Procesal del Trabajo» dictado en la AMAG se tuvo la visita del juez superior de Bogotá, doctor Giovanni Rodríguez quien compartió sus experiencias como juez que él llamó «juez de oralidad».

Estas son algunas ideas centrales que el juez Rodríguez compartió en su exposición:

  • Es muy importante que el juez -de toda instancia- conozca el caso, si no, hará el ridículo. Uno puede manejar 100 a 200 procesos en oralidad.
  • El Código de Procedimientos Civiles en Colombia mató la oralidad. No hay que remitirse siempre a la norma civil, advierte.
  • Se necesitan más jueces que secretarios o especialistas. La prontitud en la sentencia favorece a que la conciliación se incremente. Quien más congestiona es el Estado (60-70%) en asuntos de pensiones y salud.
  • Estudiar el caso es la solucion para sentenciar al final de la audiencia.
  • Los casos difíciles son los casos interesantes. Conocer el proceso como tal es importante para culminarlo de manera sabia. Uno estudia el caso y tiene dos alternativas (absolver o condenar) pero no sabe cuál de ellas será la que finalmente elija Tener herramientas hace la vida sencilla. Hay que organizarse bien.
  • La oralidad implica un cambio de cultura, una ruptura de paradigma.
  • Los jueces -dice- nos acostumbramos a la comodidad, es más fácil.
  • Las sentencias van dirigidas a las partes, al pueblo, no para los abogados.
  • Las objeciones a las preguntas desaparecieron gracias a la oralidad. El juez se da cuenta del curso del proceso aunque los abogados no necesariamente, por eso es importante que el juez dirija el proceso.
  • El juez debe tener la capacidad de recomponer lo errado. Uno debe reconocer el error como juez.
  • La igualdad real de las partes también es una preocupación en Colombia.
  • El juez puede interrogar a las partes cuando quiera. La oralidad da muchos recursos al juez, hace flexible al proceso.
  • Se ha generado una cultura de lealtad en Colombia. Antes se escondían los documentos. De otro lado, la oralidad ha ayudado a enaltener la labor del juez. Se reconoce la investidura del juez. Antes no se sabia quien era el juez. Hoy en dia se dignifica la profesion. Ha mejorado la calidad de los ambientes.

Un tema que generó un amplio debate fue el de la vinculación entre prueba documental y oralidad. Se dice que la Nueva Ley Procesal del Trabajo trae pocas reglas al respecto. ¿Debe tener más reglas? Podría ser que no, pues ello justamente dota al proceso, y al juez, de mayor flexiblilidad.
También se discutió el aparente problema que se presente con la exhibición de documentos. El juez Rodríguez señaló que la solicitud de exhibición que formula el demandante probablemente signifique un error en la formulación de la estrategia procesal pues quien tiene que probar que ya pagó no es el demandante sino el demandado. Cabe entonces prefuntarse ¿la exhibición de documentos de pago al demandado tiene sentido? ¿No es que corresponde al demandado probar que ya pagó y, para eso él presentará las pruebas que avalen su posición al respecto?

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